Existen diferencias en la gran parte de los países entre Propiedad Intelectual y Propiedad Industrial, dividiéndose en dos ramas: los derechos de autor o derechos de propiedad intelectual (novelas, esculturas, fotos, programas informáticos, etc.) y los derechos relativos a la Propiedad Industrial (creaciones e invenciones técnicas).
En España, por ejemplo, la Propiedad Industrial protege aquellas creaciones relacionadas con la industria, como por ejemplo son las patentes, los modelos de utilidad, los signos distintivos y los diseños.
La Propiedad Intelectual, por el contrario, se reserva la protección de las creaciones cuyo espíritu se asocia con la personalidad del autor, es decir, tratan creaciones únicas y las que no se producen a nivel industrial o en serie.
Dichas obras de carácter personal y asociadas a la Propiedad Intelectual son, por lo tanto, las obras artísticas, científicas y literarias, las novelas, poemas y obras de teatro, las películas, las obras de arte y la fotografías, esculturas o diseños arquitectónicos, así como juegos y programas de ordenador.
Para cada una de estos tipos de creación existen diferentes leyes y organismos encargados de su gestión, como son la Oficina Española de Patentes y Marcas para legislar los derechos de propiedad industrial y el Registro de la Propiedad Intelectual para aquellos que están dentro de los derechos asociados a la Propiedad Intelectual.
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